Con fecha 15 de abril de 2020 el Servicio de Administración Tributaria (SAT) da a conocer el Tercer Anteproyecto de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020, y sus anexos 1-A, 5, 7, 9, 14 y 23, en la que se incluye la modificación a la Regla 2.2.1., que regula el valor probatorio de la Contraseña.
La Contraseña es la clave que los contribuyentes utilizan para autenticarse en la página de Internet del SAT para casos en los que no se requiere la firma electrónica.
Valor probatorio de la Contraseña
Se modifican las referencias al “portal del SAT” por “medios electrónicos”, ya que el trámite de obtención o renovación de contraseña puede hacerse inclusive a través del teléfono móvil, en la aplicación o dirección correspondiente, recién anunciada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), “SAT ID”.
Se precisa que la documentación para concluir con el trámite se puede presentar a través de medios electrónicos, derivado del nuevo sitio SAT ID.
Los contribuyentes personas físicas mayores de edad inscritos exclusivamente en el Régimen de Sueldos y Salarios e Ingresos Asimilados a Salarios, podrán presentar la solicitud de generación o actualización de la Contraseña a través de la aplicación móvil SAT ID, cumpliendo con los requisitos previstos en la ficha de trámite 7/CFF “Solicitud de generación y actualización de la Contraseña”, contenida en el Anexo 1-A.
Para los efectos del párrafo anterior, la solicitud se tendrá por presentada cuando se acredite la identidad del contribuyente con los elementos aportados, en caso contrario, el contribuyente podrá realizar nuevamente su solicitud hasta por un máximo de dos ocasiones adicionales.